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¿Comprando casa por primera vez?
¡Usted puede recibir un crédito en sus impuestos!*
¡El crédito has sido extendido!
De acuerdo con el IRS:
"Bajo la nueva ley, el contribuyente deberá comprar, o firmar un contrato para adquirir una vivienda en la cual residirá, a más tardar el 30 de abril, 2010 y el cierre deberá ocurrir a más tardar el 30 de junio, 2010. Para aquellas compras que califiquen, la persona tendrá la opción de pedir el crédito en su declaración de impuestos de 2009 o 2010."
¿Cuál es el monto de este crédito?
Lo máximo que usted puede recibir son $8000.00
¿Qué propiedades califican?
Cualquier vivienda para una sola familia, incluyendo condominios y townhouses, siempre y cuando sea utilizada como residencia primaria.
¿Recibiré un reembolso?
Este crédito reduce, e incluso puede eliminar, la cantidad de impuestos que usted deberá pagar para el año en el que se compró la casa. Cualquier parte del crédito que no sea utilizado le será devuelto por medio de un reembolso.
¿Hay limitaciones en cuanto a ingresos?
Si. En compras realizadas despues del 6 de noviembre, 2009, para recibir el crédito completo,el límite del ingreso bruto ajustado de un individuo no deberá ser mayor a $125,000. En caso de que haga su declaración junto con su esposa(o) el límite es de $225,000. Aquellos con ingresos entre $125,000-$145,000(individuos) y $225,000-$245,000 (matrimonios) podran recibir un crédito reducido. Las personas con ingresos mas altos de los mencionados no califican para este crédito.
¿Qué pasa si no es la primera vez que compro una casa?
Para recibir este crédito usted(o su esposa[o] ) no puede haber sido dueño(a) de una residencia primaria en los 3 años previos a la compra.
¿Tendré que pagar el crédito más adelante?
No.
¿Qué pasa si vendo la casa despues de haber recibido el crédito?
Si la vende dentro de un periodo de 3 años a partir de la fecha de compra, el monto entero del crédito tendra que ser devuelto cuando se venda la casa.
¿Cuál es la fecha limite?
Bajo la nueva ley, el contribuyente deberá comprar, o firmar un contrato para adquirir una vivienda en la cual residirá, a más tardar el 30 de abril, 2010 y el cierre deberá ocurrir a más tardar el 30 de junio, 2010. Para aquellas compras que califiquen, la persona tendrá la opción de pedir el crédito en su declaración de impuestos de 2009 o 2010."
* Para mayor información visite la página www.irs.gov
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